Itaú 5

 

Itaú 5 fue creado pensando en nuestros clientes que focalizan sus movimientos bancarios en el uso de sus Tarjetas de Crédito y Débito. Además, incluye una completa cobertura para la Cédula de Identidad.

La compañía que cubre el riesgo es RSA Seguros Chile S.A. Las coberturas y exclusiones de este seguro son un resumen de la póliza depositada en la SVS bajo el código POL 1 03 002; POL 1 00 021; POL 1 00 010 y CAD 1 03 036.

Para mayor información sobre la póliza señalada, visite el sitio de la Superintendencia de Valores y Seguros www.svs.cl.

Prima Mensual UF 0.129 (IVA incluido).



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  • Beneficios
  • Coberturas
  • Exclusiones
  • Requisitos
  • Contacto
  • Procedimiento denunciar Siniestro

Prima mensual UF 0.129 (IVA incluido).

Protección íntegra para tarjetas bancarias: crédito y débito , incluye adicionales.

Adicional cobertura ante uso malicioso de Cédula de Identidad.

Cobertura contra Fraudes ante transferencias electrónicas y compras a través de Internet.

Asistencia Legal

Cuenta con Garantía de Satisfacción y Calidad. Más información en Itaú.cl, sección Seguros.

 N° 

 Resumen de Coberturas

 Montos Asegurados

Eventos por año 

  1

 Cobertura por transferencias no reversables a través de los sitios de internet (Pharming & Phishing)

UF 400

2

  2

 Mal uso de tarjeta como consecuencia de Robo, hurto, pérdida y/o extravío de la tarjeta bancaria

UF 400

2

  3

 Falsificación y/o adulteración física de la tarjeta bancaria:
 a) Falsificación y/o adulteración del plástico.
 b) Falsificación y/o adulteración de banda magnética

  4

 Cobertura por Impresión múltiple de vales

  5

 Uso malicioso de Cédula Nacional de Identidad extraviada, robada o hurtada

UF 400

2

  6

 Robo con violencia para titulares de tarjetas de cajeros automáticos o tarjetas de débito

UF 10

5

  7

 Asistencia Legal

 Las 24 horas, 365 días al año. Ilimitada

Las exclusiones de este seguro son un resumen de la póliza depositada en la SVS bajo el código POL 1 03 002; POL 1 00 021; POL 1 00 010 y CAD 1 03 036.

Cobertura 6) Cajeros Automáticos:

- La pérdida de dinero efectivo ocurrida a un usuario no autorizado de la tarjeta asegurada, así como de cualquier otro instrumento de comercio como cheques, cheques viajeros, como tampoco la pérdida de cualquier otra cantidad e dinero que estuviere en posesión del asegurado al momento de ocurrir el delito y que no sea la registrada como retirada del cajero automático por el asegurado.

- La pérdida de dinero por el uso no autorizado que terceras personas hagan de la tarjeta en el futuro sí la tarjeta es robada durante la comisión del delito ni las pérdidas resultantes del uso de una tarjeta bancaria con la intención de defraudar al titular, por parte de una persona autorizada por éste.

Cobertura 2), 3 a y b) y 4), Asociadas a Tarjetas de Crédito:

- Uso fraudulento de una tarjeta bancaria por parte usuario titular o adicional de la respectiva tarjeta; los Fraudes, estafas y/o cualesquiera otro delito o simple falta penal que cuente con la participación directa o indirecta del asegurado, alguno de sus ascendientes o descendientes hasta el segundo grado y/o parientes por afinidad hasta el segundo grado. Se encuentra expresamente excluido cualquier caso en el que tercera persona autorizada por el Asegurado para el uso de las tarjetas de bancaria, haya tenido participación y/o beneficio directo o indirecto en el hecho constitutivo de siniestro.

- Despacho y/o entrega de una tarjeta bancaria por el administrador, asegurado, sus agentes o transportadores, cuando dicha tarjeta haya sido entregada a una persona distinta a aquella a la cual estaba destinada.

- Incumplimiento de sus obligaciones por parte del asegurado o administrador o usuario.

- Muerte o incapacidad sobreviniente legalmente declarada del usuario.

- Responsabilidad civil de cualquier tipo que afecte al asegurado o al contratante.

- Transacciones realizadas a través de ventas por catálogo, por teléfono o por cualquier medio de transmisión de datos en que no exista la firma manuscrita del titular o adicional, a excepción de las transacciones efectuadas a través de Internet con Tarjeta de Crédito.

Cobertura 1) Transferencias no reversables a través de los sitios de internet:

- No se cubrirán por este adicional los perjuicios patrimoniales que tuvieren su origen en transferencias electrónicas de fondos efectuadas por terceros que se encuentren ubicados fuera del territorio de la República de Chile al momento de hacer la transferencia, los perjuicios patrimoniales que tuvieren su origen en transferencias electrónicas de fondos efectuadas por terceros y que sean destinadas a cuentas de alguna Institución Bancaria o Financiera ubicadas fuera del territorio de la República de Chile.

- Transferencias Electrónicas de Fondos efectuadas por titulares o adicionales de la cuenta respectiva, así como por los ascendientes o descendientes por consaguinidad del asegurado hasta tercer grado inclusive, las efectuadas por parientes por afinidad del asegurado hasta el segundo grado inclusive.

- Pérdidas suscitadas de la falla operacional o de procedimiento de parte de la institución bancaria, financiera o comercial emisora de él o los instrumento(s) financiero(s) cubierto(s) por la presente póliza.

Cobertura 5) Uso malicioso de Cédula Nacional de Identidad extraviada, robada o hurtada:

Dentro de las exclusiones de la cobertura encontramos las siguientes circunstancias, materias y eventos:

- Todo uso malicioso de la Cédula Nacional de Identidad del asegurado que no sea el definido en el Artículo 2° del Condicionado General; En el que participe directa o indirectamente, en calidad de autor, cómplice o encubridor) El propio asegurado; y/o, cualquier pariente del asegurado y/o su cónyuge.

- Todo uso malicioso de la Cédula Nacional de Identidad del Asegurado cometido fuera de los límites de la República de Chile, independientemente del lugar en el que se hubiere producido el extravío, robo o hurto;

- Todo extravío, robo o hurto de cheques o de formularios de cheques en los que conste la firma auténtica del asegurado, así demostrado y declarado judicialmente.

Exclusiones Asistencia

- Asuntos ocurridos antes de la entrada en vigencia del contrato.

- Acciones legales en contra de Bancos e Instituciones Financieras.

- Todo uso malicioso en el que participe directa o indirectamente el propio asegurado, su cónyuge o parientes por consanguinidad o afinidad.

- Los honorarios y gastos de abogados distintos de aquellos que la compañía haya designado, salvo que ésta última haya dado su aprobación escrita.

- Todo uso malicioso realizado fuera de Chile.

- Todo robo, hurto y/o extravío en los que conste la firma auténtica del propio asegurado.

 La edad mínima de ingreso es de 18 años cumplidos.

 Personas naturales que celebren un contrato con Banco Itaú y que, en virtud de dicha convención, cuenten con el derecho a solicitar tarjetas de Debito y/o de Crédito y talonarios de cheques.

 Las tarjetas sujetas a la cobertura son exclusivamente las emitidas por el contratante.

El asegurado deberá cuidar y usar con responsabilidad los códigos o claves que han sido proporcionados por el banco emisor como dispositivo de seguridad.

Ante Cualquier duda o consulta del seguro, favor comunicarse al teléfono 2 686 09 99.

Los seguros son intermediados por Itaú Corredora de Seguros Ltda. La Compañía que cubre el riesgo es RSA Seguros Chile S.A. Las coberturas y exclusiones de este seguro son un resumen de la póliza depositada en la SVS bajo el código POL 1 03 002; POL 1 00 021; POL 1 00 010 y CAD 1 03 036.

Para mayor información sobre las pólizas señaladas. Visite el sitio de la Superintendencia de Valores y seguros www.svs.cl.

  Producido un siniestro, el Contratante deberá presentar los documentos justificativos del mismo dentro del plazo de 90 días corridos de ocurrido el siniestro.

 Denuncia y/o constancia policial: Para efectos de las secciones de cobertura que corresponda, el Asegurado o su sobreviviente tiene la obligación de efectuar la respectiva denuncia, en el caso de robo, asalto, secuestro o hurto, o constancia, en el caso de extravío, ante Carabineros de Chile. Dicha denuncia o constancia debe formalizarse por escrito y el Asegurado o sobreviviente deberá solicitar una copia de la misma para ser presentada ante la Compañía Aseguradora para efectos de solicitar su indemnización.

Presentación y Plazo para presentar la documentación: Para hacer uso de esta cobertura, el Asegurado deberá cumplir todas las obligaciones que le impone el Artículo 7 de las Condiciones Generales POL 1 03 002, Artículo 7 de las Condiciones Generales POL 1 00 021 y Artículo 9 y 10 de las Condiciones Generales POL 1 00 010 y deberá cumplir con los plazos y documentación señalada a continuación:

 Plazo de presentación de los antecedentes para siniestro:

Producido un siniestro, el Reclamante deberá presentar los documentos justificativos del mismo a la Compañía dentro del plazo de 90 días de ocurrido el siniestro.

Plazo del pago: El pago de beneficio se realizará dentro de los 10 días hábiles siguientes a la presentación a la Compañía de todos los antecedentes solicitados.

a) Coberturas 6, 2, 3 y 4:

-Formulario de Denuncia del Siniestro.

-Fotocopia del Carnet de identidad (ambos lados).

-Denuncia policial o ratificación según corresponda.

-Relato de los hechos.

-Carta de acreditación de fraude o falsificación firmada por el banco.

b) Uso Maliciosos Carnet de Identidad:

Plazo para presentar el siniestro: 10 días hábiles desde el robo o hurto de la cédula de identidad.

- Denuncia policial.

- Bloqueo en registro civil de cédula de identidad.

- Publicaciones legales exigidas, cuando corresponda.

NOTA: La compañía se reserva el derecho de solicitar cualquier documentación adicional. En caso de siniestro llamar al Fono atención de RSA al 02 2 471 7090 o a la Corredora de Seguros al 02 2 686 03 77.

Infórmese sobre la garantía estatal de los depósitos en su banco o en www.sbif.cl
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