Garantía de Satisfacción

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servicios exclusivos

Garantía de Satisfacción

Banco Itaú es el único banco en el sistema financiero que garantiza el nivel de atención y servicio que otorga a sus clientes.


Si el cliente no está conforme con la atención brindada por su ejecutivo de cuenta o por el banco, dentro de los 180 días siguientes a la apertura de su Itaú Personal podrá solicitar el cierre de los productos y la devolución del 100% del monto de la comisión anual Itaú Personal que le hubiese sido cobrada. Para lo anterior, basta con que complete los datos solicitados en el “Certificado de Garantía” que viene incluido en el Kit Itaú Personal, y entregarlo posteriormente a su ejecutivo de cuenta.  

Condiciones para hacer efectiva la Garantía de Satisfacción Itaú Personal

  Esta Garantía se hace efectiva a la solicitud del cliente, previo cierre voluntario de la totalidad de los productos y servicios incluidos en el contrato Itaú Personal.  

  Esta será pagada de acuerdo al valor que tenga la Unidad de Fomento (UF) a la fecha de la devolución efectiva de la comisión Itaú Personal.  

  La solicitud de devolución deberá ser presentada con anterioridad a los 180 días de vigencia del contrato Itaú Personal, contados desde la fecha de su suscripción.  

  Todas y cualquiera obligación del cliente con el banco deberá encontrarse vigente al momento de hacer efectiva la devolución.  

  El cliente deberá haber firmado el formulario de recepción de productos Itaú Personal.  

  El cliente no podrá solicitar que el importe correspondiente a la devolución de la comisión Itaú Personal, sea imputado al pago parcial o total de las deudas u obligaciones que tenga con el banco.  







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